Se suma otra presentación ante el TEM y una a la justicia contravencional
de San Luis a Sergio Tamayo sumó una nueva denuncia ante el Tribunal Electoral contra el oficialismo municipal porque considera que Enrique Picco ha violado la veda electoral. Los apoderados también presentaron una denuncia en el Juzgado Contravencional por el retiro de cartelería electoral de ese frente y de San Luis Unido, que se realizó con personal y movilidad de la comuna. Le endilgan al actual jefe comuncal Enrique Ponce y a su hermano Carlos, Secretario de Servicios Públicos y candidato a primer concejal por San Luis Somos Todos, “la comisión del delito de Malversación de Caudales Públicos según lo normado por el artículo 260 del Código Penal Argentino” y piden “el cese inmediato de toda actividad impulsada en desmedro de los derechos de los votantes y vecinos de la Ciudad de San Luis y se aplique las pertinentes sanciones”.
Una denuncia similar, por la violación de la veda electoral, había realizado San Luis Unido.
Ahora, el Frente Justicialista de Todos sumó una nueva denuncia, pero no ya en el Tribunal Tlectoral Municipal, sino en el Juzgado de Contravenciones capitalino, por “la comisión del delito de Malversación de Caudales Públicos según lo normado por el artículo 260 del Código Penal Argentino” y piden “el cese inmediato de toda actividad impulsada en desmedro de los derechos de los votantes y vecinos de la Ciudad de San Luis y se aplique las pertinentes sanciones”.
Las presentaciones fueron realizadas por la apoderada del Frente, Ángela Gutierrez de Gatto, con el patrocinio letrado de la abogada María Candela Luaces Pérez.
En la presentación ante el TEM sostienen:
Que, vienen a formular denuncia en los términos del TITULO VI “Violación de la Ley Electoral” del Codigo Nacional Electoral Ley 19945 toda vez que conforme acreditamos con las copias fotográficas que se acompañan, se encuentra demostrada la palmaria violación a la Ley citada por parte del candidato Enrique Picco (Funcionario de la Municipalidad de San Luis).
Que conforme lo establece el Art. Artículo 64 quater. “…Durante la campaña electoral la publicidad de los actos de gobierno no podrá contener elementos que promuevan o desincentiven expresamente la captación del sufragio a favor de ninguno de los candidatos a cargos públicos electivos, ni de las agrupaciones políticas por las que compiten. Queda prohibido durante los veinticinco (25) días anteriores a la fecha fijada para la celebración de las elecciones primarias, abiertas y simultáneas, y la elección general, la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo y, en general, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales, o de las agrupaciones por las que compiten. El incumplimiento de este artículo será sancionado de acuerdo a lo establecido en el artículo 133 bis previsto en el presente Código”.
Que, en el contexto normativo citado, el candidato a intendente Enrique Picco, funcionario de la Municipalidad de San Luis, el dia 29 pasado, en clara violación a la veda electoral de actos de gobierno, DISPUSO, EN SEDE MUNICIPAL, CON CARÁCTER DE FUNCIONARIO MUNICIPAL, Y ACOMPAÑADO POR EL SR INTENDENTE, LA ENTREGA DE TÍTULOS SUFICIENTES DE POSESIÓN DE TIERRAS MUNICIPALES A CIUDADANOS DE LA CIUDAD DE SAN LUIS. (A CASO NO ES ESTO UNA CLARA ACCIÓN DESCRIPTA POR LA NORMA CITADA??). Asimismo, con el mismo descaro e incluso utilizando la fotografía que será usada oficialmente en la Boleta Única Papel, desde el programa de acceso a la vivienda, ha invitado nuevamente a ciudadanos a una nueva adjudicación del programa “Tu Techo Tu Tierra”.
Que, en el mismo sentido y como consecuencia normativa, el Art. 133 bis de la Ley citada establece que: “Los funcionarios públicos que autorizaren o consintieran la publicidad de actos de gobierno en violación de la prohibición establecida en el artículo 64 quater, serán pasibles de inhabilitación de uno (1) a diez (10) años para el ejercicio de cargos públicos.”
La denuncia por malversación
Que por medio de la presente vengo en oportuna forma a denunciar al Sr. Enrique Ponce, intendente de la Municipalidad de la Ciudad de San Luis, y al Sr. Carlos Ponce, Secretario de Servicios Públicos de la Municipalidad de la Ciudad de San Luis, y/o a toda persona que corresponda, por la comisión del delito de Malversación de Caudales Públicos según lo normado por el artículo 260 del Código Penal Argentino, siempre que no resultare otro delito.
Asimismo se solicita se ordene el cese inmediato de toda actividad impulsada en desmedro de los derechos de los votantes y vecinos de la Ciudad de San Luis y se aplique las pertinentes sanciones. Ello conforme las consideraciones de hecho y de derecho que se expresan a continuación.
“…Que tal y como surge de la realidad de los hechos los distintos empleados municipales han realizado de manera reiterada el desprendimiento de carteles y pancartas de los candidatos a intendentes municipales “SERGIO TAMAYO” y “GASTON HISSA”, siendo que los referidos elementos son partes de la campaña electoral vigente en miras de las elecciones municipales a disputarse el próximo 10 de noviembre de 2019…”.
“…el actual intendente de la Ciudad de San Luis utilizando efectos municipales ha llevado a cabo una conducta antijurídica y abusiva, ya que en abuso de su posición ha encomendado a los efectivos y dependientes municipales la tarea de retirar los carteles colocados en los distintos puntos de la ciudad, configurando así, la acción tificada en el art 260 Codigo Penal, el cual tutela como bien jurídico protegido la regular utilización de los bienes públicos dentro de la misma orbita de la administración…”, dice entre otras consideraciones.
Fuente: Periodistas en la Red