El viernes último, el Superior Tribunal de Justicia de San Luis, bajo el pretexto de “REORGANIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN JUDICIAL PARA ADECUAR SU ACCESO Y PUBLICACIÓN”, usando como argumento “evitar la dispersión de la información publicada en el sitio web www.justiciasanluis.gov.ar”, dispuso sacar el link de “Acuerdos”, que llevaba a las decisiones del máximo tribunal. El Sindicato de Judiciales Puntanos, señaló que la decisión les parece “totalmente GRAVE, ya que el principio de la Ley es “Garantizar el acceso a la información en forma completa””.
La publicación del 29 de noviembre, en la página web de la justicia de San Luis, se indicaba: “En el marco de los arts. 1 y 33 de la Constitución Nacional, art. 9 de la Constitución Provincial, art. 1 inciso 1 apartado c de la Ley del Boletín Oficial y Judicial de la provincia Nº V-0114-2004, y art. 1 inc. e de la Ley de Acceso a la Información Pública N° V-0924-2015, el Superior Tribunal de Justicia estableció pautas de reorganización sobre la publicación de Acuerdos, Resoluciones y Autos Interlocutorios administrativos en la página web institucional, con el fin de unificar la información de cada Secretaría y Dirección en el sector destinado en el sitio web de referencia. Los contenidos y secciones donde se publicarán, serán dispuestos en cada oportunidad”.
“Por los motivos expresados, para evitar la dispersión de información en el referido sitio web, a partir de la vigencia de la presente medida, el link “Acuerdos” no permanecerá disponible en www.justiciasanluis.gov.ar.”
La respuesta del SIJUPU
San Luis, 02 de Diciembre de 2019.-
A LOS MINISTROS DEL
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
DR. CARLOS ALBERTO COBO
DRA. MARTHA CORVALAN
DRA. LILIA NOVILLO
S____________________/____________________D:
La comisión Directiva del Sindicato Judiciales Puntanos, JOSE DURAN, en carácter de SECRETARIO GENERAL en representación del mismo, NOS DIRIGIMOS A Uds. A fin de solicitar deje sin efecto la no publicación del link de “ACUERDOS” de la página principal del Poder Judicial de la provincia de San Luis “https://www.justiciasanluis.gov.ar/”.
No comprendemos la medida adoptada en cuanto a la eliminación de dichos acuerdos. La C.N garantiza, el principio de la publicidad de los Actos de Gobierno y el mecanismo de acceso de dicha información, la que promueve el principio de igualdad, publicidad, celeridad, formalidad y gratuidad. La Ley 25..275 de acceso a la información pública, constituye un avance en materia de transparencia estatal donde se apoya en el derecho de toda persona a conocer la manera en que los funcionarios cumplen sus funciones y el destino que le otorguen al dinero público.
Según la Convención Interamericana de Derechos Humanos “El principio de máxima divulgación ordena diseñar un régimen jurídico en el cual la transparencia y el derecho al acceso de información es la regla general, sometida a estrictas y limitadas excepciones.
Asimismo, nos vemos perjudicado, estando a una semana de los Exámenes de Ascenso, donde no se pueden encontrar los siguientes puntos:
1- Estatuto del ICI y su estructura;
2- Estatuto Judicial y Mediación Judicial;
3- Creación de la oficina de protocolo y ceremonial;
4- Dirección de Prensa; Dirección de RRHH; Dirección de Contable;
5- Creación del departamento virtual;
6- Función de la Secretaría Administrativa;
7- Estatuto de la Escuela de capacitación del Consejo de la magistratura judicial;
8- Ultimas modificaciones del Regimen de Licencia (Acuerdo 82/19)
9- Modificacion del acuerdo de Reconocimiento sobre asistencia perfecta.
La medida adoptada por este SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA, nos parece totalmente GRAVE, ya que el principio de la Ley es “Garantizar el acceso a la información en forma completa”, violando todos los arts., leyes nacionales y provinciales, por lo que solicitamos que se publiquen nuevamente el LINK con todos los acuerdos, en la pagina del Poder Judicial de la provincia.
Sin más, esperando una respuesta a la brevedad favorable, saludamos los Ministros del STJ, con distinguida consideración.
PELR